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	<title>GurusBlog &#187; Pau Monserrat</title>
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	<description>Lo que no sabías que querías saber sobre  Bolsa, Finanzas,  Banca e Inversión</description>
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		<title>La Justicia es de pago</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/la-justicia-es-de-pago/21/11/2012/</link>
		<comments>http://www.gurusblog.com/archives/la-justicia-es-de-pago/21/11/2012/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 21 Nov 2012 16:31:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Confidencial]]></category>
		<category><![CDATA[Economí­a]]></category>
		<category><![CDATA[LVA]]></category>
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		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Nos dice la Constitución en su artículo 24.1: “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión” Si una persona no tiene dinero para costearse una defensa adecuada de sus intereses y, [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2012/11/justicia-de-pago-300.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-89279" title="justicia-de-pago 300" alt="justicia-de-pago" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2012/11/justicia-de-pago-300.jpg" width="300" height="220" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Nos dice la Constitución en su artículo 24.1:</p>
<p style="text-align: justify;">“<em>Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión</em>”</p>
<p style="text-align: justify;">Si una persona no tiene dinero para costearse una defensa adecuada de sus intereses y, además, tiene que hacer frente a los sobrecostes que la <a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14301">Ley 10/2012</a> que regula determinadas tasas en el Ámbito de la Administración de Justicia, me pregunto <strong>qué tutela efectiva tiene</strong>. No hablo de los casos en que uno puede solicitar el abogado de oficio, sino en cualquier otro caso. Porque no estar en la situación de pobreza que requiere el acceso a la Justicia gratuita no significa que uno se pueda costear un abogado, procurador y las nuevas tasas que nos acaban de endosar.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La Justicia es justa</strong> si es rápida y si toda la población puede acceder a ella en razonables condiciones de igualdad. Prepare usted <strong>entre 150 y 10.000 euros</strong> para que el Juez se ponga su vestimenta de impartir Justicia, de pago. Salvo que pueda ir por lo penal, única jurisdicción que queda libre de este <strong>tasazo judicial</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">No me parece mal que para determinados expedientes, de temas concretos y para demandantes de importante poder adquisitivo, se cobre unas tasas superiores para amortizar el coste que conlleva el proceso. El problema, como en el aumento del IVA, es que lo acaban pagando con mucha más intensidad <strong>los humildes que los ricos</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Además ¿<strong>irá alguien a juicio por una deuda de 300 euros</strong> si sólo por poner el monitorio ha de pagar unas tasas judiciales de 100 euros, a los que sumar el juicio verbal si el deudor no paga, que cuesta otros 150 euros?</p>
<p style="text-align: justify;">Si tienes curiosidad por saber qué cuesta a partir del jueves ir a juicio, te resumo:</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Jurisdicción Civil</strong>, por ejemplo reclamar una deuda o temas relacionados con un <a href="http://www.iahorro.com/hipotecas/problema-de-los-desahucios.htm">desahucio</a> de un inquilino:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Verbal o cambiario: 150 €</li>
<li>Juicio Ordinario: 300 €</li>
<li>Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal: 100 €</li>
<li> Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales: 200 €</li>
<li>Concurso necesario: 200 €</li>
<li>Apelación: 800 €</li>
<li>Casación y extraordinario por infracción procesal: 1.200 €</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">En el orden jurisdiccional <strong>contencioso-administrativo</strong>, que tiene que ver con pleitos relacionados con la Administración y el ciudadano:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Abreviado: 200 €</li>
<li>Ordinario: 350 €</li>
<li>Apelación: 800 €</li>
<li>Casación: 1.200 €</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">En el <strong>orden social, </strong>que incluye materias relacionados con los contratos de trabajo, temas sindicales o conflictos colectivos, entre otros:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Suplicación: 500 €</li>
<li>Casación: 750 €</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Además se aplica a todos los casos mencionados un <strong>gravamen variable</strong> de:</p>
<ul style="text-align: justify;">
<li>0,5% sobre las cuantías que no superen el 1.000.000 de euros.</li>
<li>0,25% para importes superiores, sin poder superar el <strong>límite de 10.000 euros de costas</strong>.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Si quieres Justicia, prepárate a pasar por caja, que la factura no es barata. Yo me pregunto, ya que el ciudadano pagará más a la Administración de Justicia, <strong>¿se supone que será más rápida y efectiva?</strong> La respuesta, no por obvia es menos triste.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="https://plus.google.com/110968106753642451015?rel=author" target="_blank">Pau A. Monserrat</a>, economista del portal de <a href="http://www.iahorro.com/" target="_blank"><strong>finanzas personales iAhorro</strong></a>.</p>
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		<title>Subida de las pensiones: pan para hoy, hambre para mañana</title>
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		<pubDate>Fri, 28 Sep 2012 09:45:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economí­a]]></category>
		<category><![CDATA[LVA]]></category>
		<category><![CDATA[déficit público]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.gurusblog.com/archives/subida-pensiones/28/09/2012/pensiones-subiran-300/" rel="attachment wp-att-72990"><img class="aligncenter size-full wp-image-72990" title="pensiones-subiran 300" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2012/09/pensiones-subiran-300.jpg" alt="pensiones" width="300" height="220" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Ya tenemos los Presupuestos Generales del Estado para el 2013, o más bien la propuesta que salvo alguna enmienda que apruebe la mayoría absoluta del Partido Popular serán los que rijan nuestras cuentas públicas el próximo año. Estos nuevos presupuestos van a dar mucho que hablar, de momento conocemos las grandes líneas, pero queda por conocer por ejemplo el detalle de cómo se reducirá cada partida presupuestaria por Ministerio.</p>
<p style="text-align: justify;">Si sabemos, que todo es reducción, con tres excepciones las becas, el pago de intereses de la Deuda y las pensiones, que subirán el 1%, además de compensar la subida del IPC de este año, que este septiembre por obra y gracia de la subida del IVA ya está en el 3,5%.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero la subida de pensiones tiene un precio, por un lado se intenta “sacar pecho” políticamente, se vende la independencia frente a la Unión Europea tras días en el que se filtraba en prensa  una posible exigencia de su congelación, y por otro, esta claro el guiño a 3 elecciones autonómicas, Galicia, País Vasco y Cataluña, que se celebrarán este octubre y noviembre. Pero para ello, se va a utilizar 3.063 millones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social para resolver problemas de tesorería, después de que en el pasado mes de agosto, el Gobierno ya recurriera al Fondo de Prevención y Rehabilitación, del que tomó 4.400 millones.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Sacrificar el futuro</strong></p>
<p style="text-align: justify;">¿Es necesario? Es cierto que congelar las pensiones subiría aún más la crispación que hay en la calle y tiene un enorme coste político, además de un impacto sobre el consumo, pero infinitamente menor que el que han tenido otras medidas, pero subirlas, cuando otros colectivos se la ha disminuido drásticamente su poder adquisitivo (subida del IRPF, mayores retenciones a profesionales, reducción de sueldos a funcionarios…) puede tener consecuencias muy negativas en el corto y largo plazo.</p>
<p style="text-align: justify;">Y es que el propio <strong>Cristóbal Montoro</strong> se contradice, por un lado dice que &#8220;<em>el fondo está para eso</em>&#8220;,  pero por otro, por  la necesidad de garantizar el sistema de pensiones en medio de &#8220;<em>una crisis de cotizantes</em>&#8221;  han renunciado a su proyecto de bajar las cotizaciones sociales un punto el próximo año. Y este es el problema, actualmente hay una importante crisis de cotizantes por el desempleo, cifras que en el optimista cuadro macroeconómico elaborado por el Ejecutivo, no se va a recuperar en el 2013, pero lo peor, es que aunque se recupere en los próximos años tenemos una crisis sistémica, y es que cada vez la proporción de jubilados frente a trabajadores activos va a ser mayor.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Piensen en un plan de pensiones</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Usar ya el Fondo de Reserva, significa agotar margen del futuro, en el que no nos engañemos, la subida progresiva de la edad de jubilación hasta los 67 años se acelerará, al igual que parece más que inviable que futuras generaciones de pensionistas cobren el 100% de su pensión a medida que la evolución demográfica siga las pautas actuales. En resumidas cuentas, se sacrifican pensiones futuras en aras de unas subidas presentes.</p>
<p style="text-align: justify;">Por tanto, sin pecar de alarmistas, recurrir al Fondo de Rescate no deja de ser una señal para que nos preparemos para el futuro. En su primera etapa como ministro de Economía, <strong>Pedro Solbes</strong>, advirtió sobre la <a href="http://www.iahorro.com/planes-de-pensiones/" target="_blank">necesidad de contratar un plan de pensiones</a>, y siempre será recordado y recriminado por ello. Ahora, no hay intención de cometer ese error político, pero las dudas económicas son aun mayores, y se vuelve anteponer a una decisión racional la búsqueda de otros réditos. Por ello, a pesar de que la coyuntura económica no es la mejor, a los ciudadanos de a pie nos queda pensar en nuestro futuro, y en medida de nuestras posibilidades pensar en nuestra jubilación, que seguramente será más lejana.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Antonio Gallardo, </strong><a href="http://www.iahorro.com/"><strong>iAhorro</strong></a><strong>, </strong>analizamos tus finanzas personales</p>
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		<title>Dinero electrónico, una alternativa en crecimiento</title>
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		<pubDate>Wed, 09 May 2012 10:34:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Finanzas Personales]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Este pasado 4 de mayo, el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto 778/2012 sobre el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico por el que establece las obligaciones formales de este tipo de entidades que cada vez van a tener más en el mercado financiero y en concreto en el mundo de las [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p>Este pasado 4 de mayo, el Consejo de Ministros aprobaba el <a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5993" target="_blank">Real Decreto 778/2012 </a>sobre el régimen jurídico de las <strong>entidades de dinero electrónico</strong> por el que establece las obligaciones formales de este tipo de entidades que cada vez van a tener más en el mercado financiero y en concreto en el mundo de las transacciones.</p>
<p>Este control es especialmente positivo para los clientes. Actualmente, el tipo de operación más común es el cobro/pago de una transacción con movimientos de escasa duración. Pongamos como ejemplo <strong>paypal</strong>, la principal empresa pero desde luego ya lo la única en este tipo de transacciones. Si compramos por paypal a los pocos días, nos harán un cargo a nuestra cuenta corriente o tarjeta de crédito asociada, como si hubiéramos pagado directamente en cualquier tienda, pero este dinero se deposita en la cuenta del vendedor previo descuento de una comisión por la transacción. Aquí tiene dos decisiones, o rembolsarlo a una cuenta corriente o dejar el saldo para posteriores operaciones. Lo normal es lo primero, por lo que los saldos en las empresas de dinero electrónico no suelen ser muy elevados, pero a medida que crezcan este tipo de transacciones se retirará menos dinero que será usado para realizar otros pagos.</p>
<p>Este es el riesgo y es que en <strong>caso de quiebra</strong> ¿Cómo se responde de esta pérdida de dinero? ¿Puede cualquier empresa ser una entidad de dinero electrónico?</p>
<h3>Asimilarlas a otro tipo de empresas financieras</h3>
<p>La nueva regulación actúa de forma similar a la de otro tipo de empresas del sector financiero que operan en España. Así, es el ministerio de Economía tras informe del Banco de España y de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales quien autoriza a operar estas entidades, obligando a su inscripción en un <strong>registro público</strong> que puede ser consultado por todos. Si la entidad ya está inscrita en otros países el funcionamiento también es similar, si es de la Unión Europea se consulta al organismo responsable de su control del país origen, y si es de otro país se exige una garantía económica.</p>
<p>Y es que entre los requisitos principales de estas nuevas empresas está el monetario, exigiendo que siendo siempre una sociedad mercantil, su capital sea de al menos 350.000 euros. Al fin y al cabo las entidades financieras también realizan el control previo de las transacciones, hasta este momento. Es decir cualquier cargo que hacemos en este sistema de pago, previamente ha pasado <a title="cuentas bancarias" href="http://www.iahorro.com/cuentas/" target="_blank">por una cuenta corriente</a> o una <a title="Tarjetas de crédito" href="http://www.iahorro.com/tarjetas/tarjetas-de-credito/" target="_blank">tarjeta de crédito</a>, al igual que por ejemplo lo hace una tarjeta prepago.</p>
<h3>Ventajas e inconvenientes</h3>
<p>Por ello a la hora de utilizarla, hay que tener en cuenta los pros y contras, tanto si somos consumidores como si somos pequeñas empresas o autónomos y lo utilizamos como forma de cobro.</p>
<p>Para los primeros, en primer lugar hay que <strong>analizar su coste</strong>. En teoría no existe ya que se cobra al vendedor pero en muchos casos este nos repercute la comisión para intentar que utilicemos otras formas de pago más económicas como las transferencias. Si no existe este coste, debemos centrarnos en otros puntos positivos como la seguridad en las transacciones, algo muy útil cuando no hay detrás una empresa conocida o lo es un particular en el caso muy común de los portales de subastas.</p>
<p>En el caso del vendedor el principal inconveniente es el coste por transacción, pero a veces es incluso muy rentable. No sólo porque la seguridad hace que el cliente final se decida a comprar el producto, sino que cuando las transacciones no son muy numerosas su coste puede ser inferior a la de una pasarela de pagos virtual de un banco que nos cobra comisiones de forma periódica, vendamos o no.</p>
<p>Lo que es cierto es que el <a title="El dinero" href="http://www.iahorro.com/dinero.htm" target="_blank">dinero</a> electrónico cada vez será más utilizado, debemos considerar sus ventajas y lo importante de tener una regulación adecuada que ayude a su seguridad y desarrollo.</p>
<p>Antonio Gallardo,<strong> iAhorro.com</strong>, <a href="http://www.iahorro.com/" target="_blank">Comparador de bancos</a></p>
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		<title>Agente de entidad de crédito: duros a 4 pesetas</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/agente-de-banco-entidad-credito/15/04/2011/</link>
		<comments>http://www.gurusblog.com/archives/agente-de-banco-entidad-credito/15/04/2011/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 15 Apr 2011 07:10:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Finanzas Personales]]></category>
		<category><![CDATA[agente]]></category>
		<category><![CDATA[agente bancario]]></category>
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		<category><![CDATA[agente entidad crédito]]></category>
		<category><![CDATA[agente entidad financiera]]></category>
		<category><![CDATA[comisión agente]]></category>
		<category><![CDATA[red agentes]]></category>
		<category><![CDATA[red de agentes]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>En un pasado no muy lejano tuve la oportunidad de pertenecer a una red de agentes de una entidad financiera que, se supone, apuesta por este tipo de canal de comercialización (y asesoramiento) de sus hipotecas y demás productos financieros. En palabras de alguno de los bancos que tiene una red de agentes: Un agente [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2011/04/logosBancos.gif"><img class="aligncenter size-full wp-image-13663" title="logosBancos" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2011/04/logosBancos.gif" alt="" width="306" height="256" /></a></p>
<p style="text-align: left;">En un pasado no muy lejano tuve la oportunidad de pertenecer a una red de agentes de una entidad financiera que, se supone, apuesta por este tipo de canal de comercialización (y asesoramiento) de sus <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">hipotecas y demás productos financieros</a>.</p>
<p>En palabras de alguno de los bancos que tiene una red de agentes:<br />
<span id="more-13649"></span></p>
<blockquote><p><em>Un agente del Banco X es un socio con el que se comparte el beneficio generado.  Es un profesional especializado en temas financieros, seleccionado bajo  rigurosos criterios de experiencia y cualificación, que garantizan el  mejor y más personal asesoramiento financiero.</em></p></blockquote>
<p>Suena muy bien, sin duda.</p>
<p><a href="http://www.bde.es/webbde/es/secciones/normativa/be/agentes_eecc.html">La ley los define</a> de la siguiente forma:</p>
<blockquote><p><em>&#8220;&#8230;aquellas <strong>personas físicas o jurídicas</strong> que hubieran designado para llevar a cabo profesionalmente, con carácter habitual y en nombre y por cuenta de la entidad, las actividades de <strong>promoción y comercialización de operaciones o servicios típicos de la actividad de una entidad de crédito</strong>, incluidos los servicios de inversión y auxiliares a que se refiere el artículo 63 de la Ley del Mercado de Valores. El <strong>carácter profesional </strong>se apreciará atendiendo a las características de la remuneración que perciban de la entidad y a la amplitud de su actividad, considerándose en todo caso que existe tal carácter cuando estén integrados en la organización comercial de la entidad.&#8221;</em></p></blockquote>
<p>Por tanto y simplificando, un agente es una empresa o autónomo que <strong>hace de empleado de banco sin serlo</strong> y que <strong>cobra un variable</strong> en función de los productos que vende.</p>
<p>A priori es una <strong>figura interesante</strong>, tanto para el cliente (que puede trabajar con un banco sin sufrir las miserias de algunas sucursales bancarias) como para el profesional que quiere comercializar productos bancarios como complemento a su actividad (o como actividad principal).</p>
<p>Pero me temo que <strong>con la banca hemos topado</strong>. Y lo que voy a decir se circunscribe a mi experiencia particular, por lo que acepto las correcciones y matizaciones que sean necesarias. Las entidades financieras no tienen en su punto de mirar dar un buen asesoramiento a sus clientes; la satisfacción al cliente, dado el sistema montado hasta la fecha, es un objetivo muy tangencial. Desde luego no prioritario.</p>
<p>Lo prioritario hoy en día es vender productos financieros que reporten beneficios sustanciales a la entidad y reducir costes (y asesorar cuesta dinero). Nada malo si el cliente lo tiene claro. Y si no tratan de <strong>conseguir duros a 4 pesetas</strong>.</p>
<p>El el caso de la red de agentes de la que hablo, el profesional debe:</p>
<ol>
<li><strong>Pagar sus gastos</strong> de establecimiento, relaciones públicas y demás. Normal ya que no nos ha contratado la entidad.</li>
<li><strong>Pagar al banco</strong> por conectarte a su <strong>red telemática</strong> y dar de lata operaciones. Alucinante la novedad que enchufaron a la red hace no más de un año. para dar de alta un cliente y conocer su trayectoria, un cliente del banco, debemos pagarle al propio banco. es decir, que pagamos si queremos conocer mejorar al cliente para asesorarlo.</li>
<li>Gastar tiempo y dinero para <strong>formarse</strong> como profesional de la banca y conocer el sistema informático y procedimientos del banco. Ofrecen un curso de entrada que no sirve para casi nada. Un viajecito a su central y poco más.</li>
</ol>
<p>Y recibe del banco:</p>
<ol>
<li>Un variable, normalmente el 50%, descontados los gastos de la entidad. Es decir, <strong>la mitad del beneficio neto</strong> que aporta el cliente a la entidad.</li>
</ol>
<p>Hasta aquí el problema principal que se detecta es que pueden existir muchos <strong>agentes sin la formación adecuada</strong> para que al cliente le valga la pena acudir a un agente en lugar de una sucursal. Al fin y al cabo, cuesta mucho aprender el catálogo de productos de un banco si no se trabaja en él.</p>
<p>Pero viene el problema añadido de que las sucursales no ven a los agentes como sus socios, sino <strong>como sus competidores</strong>. Y cuando el cliente de un agente acude a una oficina a sacar dinero (esto no lo puede hacer un agente), se le trata como un externo, no como un cliente del banco (según oficina, evidente). Y a la que pueden convencen al cliente para dejar al agente e irse a la oficina.</p>
<p>Mención aparte el cálculo del beneficio neto. Me lo explicaron unas cuantas veces, siendo empleado de banca hace muchísimo y agente hace no tanto: el <strong>coste del dinero</strong> para el banco es el euribor.</p>
<p>Eso quiere decir que si una gente capta un ahorrador con 1 millón de euros que quiere un <a href="http://www.bankimia.com/mejores-depositos-bancarios">plazo fijo al 4%</a>, el beneficio para el agente es el 50% de nada (el euribor está por debajo del 2%). Entonces me pregunto,  ¿por qué a las sucursales se las premia por captar pasivo a extratipos?. La falta de liquidez es la respuesta, ya que realmente el tipo del interbancario no es una referencia al no prestarles dinero en este mercado. Y esto no se paga al agente.</p>
<p>Al final, la red de agentes puede deja de ser una red de comercialización y asesoramiento privilegiada para tender a ser un <strong>corpúsculo del propio banco</strong>: coloca los productos que les son más rentables para su balance y dejan de lado los que serían mejores para el cliente.</p>
<p>- No invierta su millón de euros en un plazo fijo al 4%, mejor un fondo de inversión garantizado, dirán los agentes.</p>
<p>Del plazo fijo gano 0 y del fondo garantizado el 50% de la comisión que se cobra al cliente. Que al final el fondo garantizado le garantice un 0% a 3 años al cliente no pasa nada. Al menos no ha perdido dinero.</p>
<p>La red de agentes es una <strong>magnífica idea</strong>, pero deberían dejar que las gestionaran personas menos evagelizadas por la propia entidad financiera. O al final es ofrecer <strong>duros a 4 pesetas</strong>: asesoramiento personalizado igual de útil que el asesoramiento en sucursal. Vender y no asesorar.</p>
<p><strong>No era eso, bancos, no era eso</strong>.</p>
<p>Bankimia, <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">comparador de hipotecas</a></p>
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		<title>¿Cobrarán los inversores de Nueva Rumasa?</title>
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		<comments>http://www.gurusblog.com/archives/cobraran-inversores-nueva-rumas/20/02/2011/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 20 Feb 2011 19:00:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Finanzas Personales]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>Diez empresas de Nueva Rumasa han presentado un pre-concurso de acreedores; independientemente de que la gran mayoría de pequeños (y no tan pequeños) inversores hayan sido engañados o, directamente, se hayan autoengañado sobre la solvencia de un grupo liderado por un empresario que se disfrazaba de Super-Man y le pegaba capones a Boyer, no es [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2011/02/acreedores-deuda.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-12928" style="margin: 6px;" title="acreedores deuda" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2011/02/acreedores-deuda.jpg" alt="" width="272" height="272" /></a></p>
<p>Diez empresas de <strong>Nueva Rumasa</strong> han presentado un <a href="http://www.gurusblog.com/archives/nueva-rumasa-concurso-acreedores/17/02/2011/">pre-concurso</a> de acreedores; independientemente de que la gran mayoría de pequeños (y no tan pequeños) inversores hayan sido engañados o, directamente, se hayan <a href="http://blog.futurfinances.com/2011/02/el-autoengano-en-general-y-el-de-los.html">autoengañado sobre la solvencia</a> de un grupo liderado por un empresario que se disfrazaba de Super-Man y le pegaba capones a Boyer, no es menos cierto que <strong>merecen toda la información posible</strong> sobre su situación.</p>
<p><span id="more-12919"></span></p>
<p>Tal vez algunos medios de comunicación y las propias declaraciones de Nueva Rumasa confundan al ciudadano: <strong>de un pre-concurso no se sale</strong>. Tiene <strong>cuatro meses</strong> para <strong>pactar un convenio</strong> con los acreedores y presentar un concurso de acreedores. Si fuera posible presentar el <a href="http://www.actibva.com/magazine/empresas/en-el-concurso-de-acreedores-no-se-gana-nada">concurso de acreedores</a> con acuerdo de la mayoría de acreedores (Bancos, Seguridad Social y Hacienda, trabajadores, proveedores e inversores, entre otros), si que <strong>sería posible salir de la situación concursal</strong>, pero no antes.</p>
<p>Es admirable la <strong>paternalista obsesión</strong> de Ruiz-Mateos <a href="http://www.abc.es/20110217/economia/abci-carta-ruiz-mateos-201102170938.html">por mantener su plantilla</a>; no seré yo quién no me quite el sombrero ante ello. Nada me agrada más de un empresario que defienda los <strong>puestos de trabajo</strong>. Lo que pasa es que cometió un error que hace que le cuestionen: ¿acaso <strong>los inversores no valen tanto como los empleados</strong>? ¿es ético emitir pagarés y ampliaciones de capital de sociedades limitadas cuando la situación de las empresas es delicada?</p>
<p>De momento <strong>los inversores de pagarés y de acciones deben esperar</strong>. El <strong>pre-concurso</strong> lo único que representa es que Nueva Rumasa trata de <strong>ganar tiempo</strong>, 4 meses exactamente. Esta situación jurídica se produce cuando el administrador de una sociedad teme que un acreedor pueda presentar un <strong>concurso forzoso</strong> antes que la propia empresa (y privarle de su capacidad de decisión empresarial). Por otro lado, blindan su posible <a href="http://www.actibva.com/magazine/empresas/la-responsabilidad-de-los-administradores-de-una-sociedad-insolvente">responsabilidad personal</a> por no haber presentado el concurso de acreedores a tiempo.</p>
<p>Un concurso de acreedores no tiene el porqué significar la liquidación de una sociedad (quiebra), si bien, por desgracia, la mayoría de concursos acaban en ello. Si se consigue llegar a un acuerdo con los acreedores y las sociedades <strong>salen de su situación concursal</strong>, los inversores podrían cobrar, si bien puede que se pacten quitas y esperas (<strong>cobrar menos de lo invertido y en un plazo mayor al pactado</strong> en su día). este, por desgracia, sería el mejor escenario posible.</p>
<h2>Si se liquida una sociedad limitada de Nueva Rumasa</h2>
<p>Si no se llega a un acuerdo con los acreedores, cada una de las sociedades limitadas que han presentado un concurso de acreedores pueden tener que <strong>liquidarse</strong> por orden del juez de lo mercantil que lleve el concurso; al <strong>no forman un holding</strong> y, por tanto, no consolidar sus cuentas anuales, ninguna de las sociedades anónimas responde por las deudas de la otra. Con un pero, que sería el caso de avales entre sociedades. <strong>Liquidar una sociedad</strong> es vender los activos y cancelar los pasivos que se pueda.</p>
<p>El problema, que por desgracia <a href="http://catisamenorca.blogspot.com/">he vivido en mis carnes</a>, es que liquidar y tener que <strong>vender a piezas una fábrica</strong> no vale una décima parte que <a href="http://www.menorca.info/menorca/441509/viabilidad/queseria/exige/cambio/gestion/inmediato">su valor en funcionamiento</a>. Lo mismo pasa con el resto de activos; por tanto, por mucho activo que recojan las cuentas de las empresas, <strong>su valor en caso de liquidación es mucho menor</strong>.</p>
<p>Por casa sociedad limitada el juez ordenaría a los administradores concursales que vendieran los activos al mejor postor. Con lo que obtengan se pagarán los <strong>honorarios de los administradores</strong> (u administrador, dependiendo del pasivo de la sociedad) y a los <strong>demás acreedores</strong>, con el siguiente <a href="http://www.cincodias.com/grafico/mercados/Orden-cobro-concurso-acreedores/20110218cdscdimer_1/">orden de preferencia</a>:</p>
<ol>
<li>Acreedores que cuenten con una <strong>garantía real</strong>, prenda o hipoteca sobre los bienes. Básicamente, van a cobrar primero las <strong><a href="http://oficinas.bankimia.com/">entidades financieras</a></strong> que dejaron <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">préstamos hipotecarios</a> sobre los inmuebles de las empresas.</li>
<li><strong>Trabajadores</strong> (más exactamente FOGASA, que les paga y se pone en su lugar), <strong>Hacienda</strong> y <strong>Seguridad Social</strong>.</li>
<li><strong>Bonistas</strong> y <strong>acreedores ordinarios</strong> (en este grupo de cola incluiríamos los inversores con <strong>pagarés</strong> de la sociedad de Nueva Rumasa en cuestión).</li>
<li>Empresas del grupo (en cuanto a avales cruzados y demás).</li>
<li>Accionistas en caso de disolución (me temo que esta posición será la de los que han comprado <strong>participaciones</strong> en la <strong>ampliación de capital</strong>).</li>
</ol>
<p>Tendríamos que <strong>conocer los activos y pasivos de cada sociedad limitada</strong> para poder hacer un pronóstico de nuestras posibilidades de cobrar en caso de liquidación. Incluso en el esperanzador caso de que los activos sobre balance superen a los pasivos (propiedades y dinero por encima de deudas), eso no quiere decir que se cobre. Ya hemos alertado de que en caso de liquidar los bienes, éstos valen mucho menos que cuando forman parte de una empresa en funcionamiento.</p>
<p>Me temo que el <strong>mejor de los escenarios</strong> para los propietarios de pagarés será que se pacte una quita y/o espera razonable y cobren parte de lo invertido. En el caso de los que han comprado participaciones (acciones de sociedades limitadas, para entendernos), la cosa pinta mucho peor. Incluso si se sale del concurso del acreedores, hasta que alguien no les compre sus participaciones no recibirán nada de su dinero. Deseo lo mejor a trabajadores, acreedores e inversores.</p>
<p><strong><em>Alea iacta est</em></strong>.</p>
<p><strong>Pau A. Monserrat</strong><br />
<strong> Comparador de <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">hipotecas Bankimia</a></strong></p>
<p><strong>Nota: </strong>En el lateral del blog os hemos dejado una encuesta sobre que probabilidad creéis que tiene de recuperar el capital los inversores de Nueva Rumasa. <strong><br />
</strong></p>
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		<item>
		<title>Algunos ejemplos de hipotecas subprime a la española</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/ejemplos-hipotecas-subprime-espana/26/01/2011/</link>
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		<pubDate>Wed, 26 Jan 2011 08:00:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Créditos]]></category>
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		<category><![CDATA[subprime España]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Recuerdo los tiempos en que empezamos a oír hablar de las hipotecas subprime en EE.UU., cuando en agosto de 2007 BNP Paribas congeló unos fondos de inversión relacionados con estos sonoros préstamos hipotecarios. Por aquellos tiempos políticos y banqueros no paraban de repetir que en España no existían este tipo de hipotecas basura y Leopoldo [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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<p>Recuerdo los tiempos en que empezamos a oír hablar de las <a href="http://www.bankimia.com/blog/internet-interes-deduccion-vivienda-habitual/2010/11/08/">hipotecas <em>subprime</em></a> en EE.UU., cuando en agosto de 2007 BNP Paribas congeló unos fondos de inversión relacionados con estos sonoros <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">préstamos hipotecarios</a>.</p>
<p>Por aquellos tiempos políticos y banqueros no paraban de repetir que <strong>en España no existían</strong> este tipo de hipotecas basura y Leopoldo Abadía puso de moda el término <a href="http://leopoldoabadia.blogspot.com/search/label/%2B%201%20La%20Crisis%20NINJA">Crisis Ninja</a>, para referirse a la recesión detonada por los préstamos otorgados a gente sin trabajo, ingresos demostrables ni propiedades. Admito que yo sonreía para mis adentros; tal vez no se estuvieran <a href="http://www.bankimia.com/te-concederan-la-hipoteca">concediendo hipotecas</a> <em>subprime</em> al estilo americano, pero <a href="http://futurfinances.blogspot.com/2007/11/hipotecas-subpirme-la-espaola.html"><strong><em>subprime</em> a la española</strong></a> yo si que veía en el día a día de mi trabajo.</p>
<p><span id="more-12567"></span></p>
<p>Uno de joven suele pensar que <strong>los bancos saben lo que hacen</strong>; tienen departamentos enteros de análisis del mercado, de riesgos, de inversión y un largo etcétera de nombres grandilocuentes. Y muchos de estos grupos de profesionales aciertan en sus recomendaciones. Lo que me gustaría conocer es a los <a href="http://www.gurusblog.com/archives/bonus-directivos-caso-kraft/01/04/2010/">directivos</a> que acaban tomando las decisiones; porque muchos <strong>lo han hecho mal</strong>, muy mal.</p>
<h3>Hipotecas basura <em>made in Spain</em></h3>
<p>De mi experiencia profesional puedo extraer algunos <strong>ejemplos prácticos</strong> de hipotecas concedidas con excesiva &#8220;alegría española&#8221;.</p>
<p>Una de las más extendidas y que está siendo tristemente de actualidad es la compra-venta con financiación hipotecaria de <strong>varias propiedades a la vez</strong>. Lo más normal sería pensar que cualquier entidad financiera solicitaba la <strong>CIRBE</strong> de los candidatos a obtener financiación, ¿verdad? Solicitar las deudas que uno tiene y quedan registradas en el <a href="http://www.bankimia.com/blog/el-banco-de-espana-politica-monetaria-y-supervision/2011/01/21/">Banco de España</a> es una de las bases del <a href="http://www.bankimia.com/blog/descubre-si-te-concederan-la-hipoteca-sin-tener-que-esperar-a-la-respuesta-del-banco/2010/11/28/">proceso de concesión de una hipoteca</a>.</p>
<p>Hay dos tipos de <strong>hipotecas basura relacionadas con la CIRBE</strong>, unas cuya responsabilidad es del mal funcionamiento del análisis de riesgo de determinados bancos y otra a la picaresca de los solicitantes (y de las inmobiliarias o brokers que les tramitaban el préstamo):</p>
<ul>
<li>Los <strong>bancos que no pedían la CIRBE</strong>: el que yo conozco es americano, de los que han dado problemas al mundo entero. Imaginen que yo tengo dos préstamos personales y una hipoteca. Me voy a ese banco y solicito una hipoteca para comprarme una casa con mi nueva pareja. Lo normal es que vieran mis deudas y me denegaran más endeudamiento. Lo normal, digo, ya que con algunos bancos se podía obtener el préstamo, al no solicitar nuestras deudas a la Central de Riesgos del Banco de España.</li>
<li>Una pareja compra un piso con el <a href="http://www.gurusblog.com/archives/aval-hipoteca/12/01/2011/">aval</a> de los hermanos (o la firma como titulares de la hipoteca no propietarios), que en pocos días o semanas <strong>compran otra vivienda</strong> con el aval de los primeros titulares. Entre los cuatro juntan los ingresos suficientes para pagar una hipoteca, pero evidentemente no dos. La CIRBE no se actualiza con la frecuencia que sería lógico (al momento de firmar la hipoteca), sino que <a href="http://www.actibva.com/magazine/mercados-financieros/la-cirbe-es-una-radiografia-de-nuestras-deudas-financieras">tarda varios meses</a>. Muchas veces no era una operación diseñada por los titulares, cuya cultura financiera solía ser baja, sino por inmobiliarias o intermediarios financieros sin escrúpulos ávidos por cobrar comisiones. Lo cual no exime a los hipotecados de su responsabilidad.</li>
</ul>
<p>Otro tipo de hipotecas <em>subprime</em> son las de determinados inmigrantes con <strong>menos de un año de vida laboral</strong> que compraban con otros compañeros (en ocasiones ni siquiera del mismo país de procedencia). Seamos directos sin caer en el desatino: hay nacionalidades que no tienen ni el mismo régimen jurídico en materia hipotecaria, ni la misma cultura financiera ni los mismos hábitos de cumplir con las obligaciones bancarias. Por tanto, sin entrar en otro tipo de consideraciones, la<strong> nacionalidad </strong>es un dato a analizar<strong> </strong>a la hora de conceder una hipoteca, al igual que edad o el tipo de trabajo.</p>
<p>Muchas entidades financieras se lanzaron a captar el colectivo inmigrante, con campañas hipotecarias agresivas; no hay nada malo en segmentar el mercado. Lo erróneo es <strong>no saber segmentarlo</strong>. No hay un colectivo definido al que llamar inmigrantes. Hay chilenos, japoneses, alemanes, guineanos o rusos, pero cada uno de ellos tiene características diferentes en cuanto a la mora. <strong>Algunos pagan mejor que los españoles y otros mucho peor</strong> (en media estadística). Los bancos no supieron distinguir entre los buenos y los malos pagadores, de hecho ni se lo plantearon hasta que la mora se les disparó.</p>
<p>No quiero que nadie entienda que cuando hablo de inmigrantes hablo de hipotecas basura. Hay hipotecas <em>prime</em> de inmigrantes al igual que hay muchas <em>subprime</em> de españoles. Las <em>subprime</em> a las que me refiero reúnen las siguientes peculiaridades:</p>
<ul>
<li>Nacionalidad extranjera con poca o nula cultura financiera (del marco jurídico español) y sin un mercado hipotecario consolidado en su país.</li>
<li>Cuya <strong>vida laboral</strong> era inferior a un año y tenía su familia en su país de origen.</li>
<li>Que <strong>compra con un amigo</strong> o supuesto familiar, en ocasiones de países distintos.</li>
</ul>
<p>Si uno concede una hipoteca a alguien que no tiene su familia en el país, que lleva menos de un año trabajando y que compra con un amigo, <a href="http://www.bankimia.com/blog/el-talento-comercial-en-las-sucursales-bancarias/2010/11/16/">no hace falta ser un experto</a> para saber que el riesgo de que alguno de ellos pierda el trabajo o se vuelva a su país es alto. Si además compra un 100% más gastos y no tiene ahorros, concederles una hipoteca no es un favor, es un riesgo que les puede condenar al <strong>exilio financiero</strong> si no pueden pagar la hipoteca.</p>
<p>Gracias a los bancos, a las inmobiliarios y demás agentes económicos del sector, que les &#8220;vendían&#8221; la hipoteca como<em> &#8220;una forma de pagar lo mismo que un alquiler y adquirir una vivienda en propiedad</em>&#8221; se han ofertado manzanas podridas a ellos y al sector financiero en su conjunto.</p>
<p>Al hablar de préstamos hipotecarios <strong>mal concedidos</strong> siempre hay alguien que esgrime el argumento de que <strong>tanta culpa </strong>tienen los bancos como los que solicitaron la hipoteca y no pueden pagarla. Discrepo, las entidades financieras tienen la obligación (ética y jurídica) de conceder hipotecas a personas que puedan pagarlas (<em>ceteris paribus</em>, evidentemente). La ley les exige un <strong>plus de diligencia</strong> superior al particular que solicita la financiación. La entidad financiera debe ser un <a href="http://www.carlosguerrero.es/2010/12/19/la-responsabilidad-civil-y-penal-de-las-entidades-de-credito-en-el-fraude-hipotecario-espanol/"><em>bonus argentarius</em></a> (comerciante experto) y el particular actuar con la diligencia propia de un <em>buen padre de familia</em>. Hay mucha diferencia.</p>
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		<title>Estado de Alarma: ¿qué efectos tiene para los controladores y para nosotros?</title>
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		<pubDate>Sun, 05 Dec 2010 15:18:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p>Cuando escribí que el panorama en El Prat parecía una situación de guerra, no estaba exagerando demasiado. Por primera vez en democracia, en Gobierno decreta el Estado de Alarma. Los controladores pasan a estar movilizados y en caso de no acudir a sus puestos de trabajo estarían incurriendo en un delito de desobediencia en base [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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<p>Cuando escribí que el panorama en El Prat <a href="http://futurfinances.blogspot.com/2010/12/huelga-de-controladores-y.html">parecía una situación de guerra</a>, no estaba exagerando demasiado.</p>
<p>Por primera vez en democracia, en Gobierno decreta el <strong>Estado de Alarma</strong>. Los controladores pasan a estar <strong>movilizados</strong> y en caso de no acudir a sus puestos de trabajo estarían incurriendo en un <strong>delito de <a href="http://www.gurusblog.com/archives/carcel-controladores-aereos/04/12/2010/">desobediencia</a></strong> en base al <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo13-1985.html">Código Penal Militar</a>. Concretamente dice su artículo 102:</p>
<p><span id="more-12147"></span></p>
<p><em>El militar que se negare a obedecer o no cumpliere las órdenes legítimas de sus superiores relativas al servicio que le corresponde será castigado con la pena de <strong>tres meses y un día a dos años de prisión</strong>.</em><br />
<em>Si se tratare de órdenes relativas al servicio de armas, se impondrá la pena de seis meses a seis años de prisión.</em><br />
<em>Estos hechos, cometidos en tiempo de guerra, estado de sitio, frente a rebeldes o sediciosos o en situación peligrosa para la situación del buque o aeronave, serán castigados con la pena de diez a veinticinco años de prisión.</em><br />
<em>Si la desobediencia consistiera en rehusar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones militares, se impondrá la pena de dos años y cuatro meses a seis años de prisión y la pérdida de empleo.</em></p>
<p>En principio el estado de alarma se establece por 15 días y se recoge en el <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/04-2/pdfs/BOE-A-2010-18683.pdf">Real Decreto 1673/2010</a>, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo.</p>
<p>El artículo 19 de la Constitución española reconoce a todos los españoles el derecho a la libre circulación por todo el territorio nacional.</p>
<p>La declaración de estado de alarma afecta, en todo el territorio nacional, a la totalidad de las <strong>torres de control</strong> de los aeropuertos de la red y a los centros de control gestionados por AENA. No es aplicable al resto del territorio, como es lógico.</p>
<p>Los Estados de Alarma, Excepción o Sitio están recogidos en la <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo4-1981.html">LO 4/1981</a>. En cuanto al <strong>estado de alarma</strong>, la norma lo contempla en los siguientes casos:</p>
<ol>
<li>Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.</li>
<li>Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.</li>
<li><strong>Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad</strong>, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.</li>
<li>Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.</li>
</ol>
<p>Durante el estado de alarma todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración, los integrantes de los cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas y de las corporaciones locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán <strong>bajo las órdenes directas de la autoridad competente</strong> (en este caso el Gobierno a <a href="http://www.cuartopoder.es/preferirianohacerlo/la-declaracion-de-alarma-una-chapuza-juridica/786">delegado esta autoridad</a> al  Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire) en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.</p>
<p>La declaración del estado de alarma podría acordar una serie de medidas que veremos a continuación:</p>
<ul>
<li><strong>Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos</strong> en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.</li>
<li>Practicar <strong>requisas temporales</strong> de todo tipo de bienes e <strong>imponer prestaciones personales</strong> obligatorias.</li>
<li><strong>Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fabricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados</strong>, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.</li>
<li>Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.</li>
<li>Impartir las órdenes necesarias para<strong> asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción</strong>.</li>
</ul>
<p>En el caso que nos compete actualmente, las medidas adoptadas <strong>se limitan a AENA y sus controladores</strong>, no hay que asustarse. Concretamente se pasa a considerar a los controladores aéreos <strong>personal militar</strong> sometidos a las órdenes del Ejército del Aire.</p>
<p><strong>Medidas muy duras</strong>, en consonancia con los efectos del <a href="http://www.gurusblog.com/archives/controladores-aereos-cierre-aeropuertos-espana/04/12/2010/"><strong>chantaje</strong></a> de un colectivo que se ha puesto la pistola en la sien; por muchas razones justas <a href="http://www.cadenaser.com/espana/articulo/controladores-aereos-discuten-huelga-red/serpro/20101205csrcsrnac_6/Tes">que puedan alegar</a>, la falta de criterio y respeto de esta acción y su penosa capacidad de comunicación ha puesto a la opinión pública totalmente en su contra.</p>
<p>Por mucho que alguna controladora pinte su situación como de <a href="http://controladoresareosyotrashierbas.blogspot.com/2010/12/ver-si-nos-entendemos.html">semi-esclavitud</a>, hay que felicitar a voces serias y cualificadas como <a href="http://www.libertaddigital.com/opinion/francisco-capella/chantaje-descontrolado-57446/">Francisco Capellá</a>.</p>
<p><strong>Las cosas jamás serán lo mismo para este colectivo de privilegiados</strong>.</p>
<p>Pau A. Monserrat Valentí<br />
Responsable de contenidos de <a href="http://www.bankimia.com/hipotecas">Bankimia</a> y editor de <a href="http://futurfinances.blogspot.com/">Futur Finances</a>.</p>
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		<title>¿Irán a la cárcel los controladores?</title>
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		<pubDate>Sat, 04 Dec 2010 07:12:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p>A pesar de que me han dejado tirado en Barcelona, he tenido que dormir en una butaca del bar y me caigo de sueño, no les deseo prisión. Pero unos cuantos despidos disciplinarios, no se yo. Lo que han hecho los controladores en España es un secuestro del espacio aéreo en toda regla. Han paralizado [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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<p>A pesar de que me han dejado tirado en Barcelona, he tenido que dormir en una butaca del bar y me caigo de sueño, no les deseo prisión. Pero unos cuantos <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/lo-que-puede-ocurrir-por-abandonar-el-puesto-de-trabajo">despidos disciplinarios</a>, no se yo.</p>
<p>Lo que han hecho los controladores en España es un <a href="http://www.gurusblog.com/archives/controladores-aereos-cierre-aeropuertos-espana/04/12/2010/" target="_blank"><strong>secuestro del espacio aéreo</strong></a> en toda regla. Han paralizado miles de vuelos y han dejado en tierra la ilusión de mucha gente.</p>
<p><span id="more-12124"></span>Los medios comparan esta situación con la que <a href="http://www.elpais.com/articulo/economia/ESTADOS_UNIDOS/Administracion/Reagan/despide/miles/controladores/aereos/elpepieco/19810808elpepieco_10/Tes">se enfrentó Reagan</a>, en que el <strong>chantaje de los controladores</strong> acabó con decenas de miles de estos trabajadores en la calle.</p>
<h2><strong>¿Se enfrentan los controladores con enfermedades imaginarias a la posibilidad de<a href="http://www.20minutos.es/noticia/893825/0/cerrado/espacio/aereo/"> pisar la cárcel</a>?</strong></h2>
<p>A las 21:30 del viernes se publica en el BOE el Real Decreto que posibilita la <a href="http://futurfinances.blogspot.com/2010/12/huelga-de-controladores-y.html">intervención de Defensa</a> en la dirección del espacio aéreo.</p>
<p>Poco antes de las 23:00h el presidente Zapatero firma la orden para que el Ministerio de Defensa tome el control de la navegación aérea en cielo español.</p>
<p>Aena informa a los controladores de que su chantaje puede ser sancionado con <strong>despido disciplinario</strong> e incluso sería posible que estuviese tipificado como <strong>delito de abandono de destino</strong> según el artículo 409 del <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t19.html#c2">Código Penal</a>, que dice textualmente:</p>
<blockquote><p><em>A las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el <strong>abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público</strong>, se les castigará con la pena de <strong>multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años</strong>.</em></p></blockquote>
<blockquote><p><em>Las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste o de la comunidad, serán castigados con la pena de multa de ocho a doce meses.</em></p></blockquote>
<p>Otros medios <a href="http://www.eleconomista.es/economia/noticias/2655820/12/10/Los-controladores-podrian-incurrir-en-un-delito-de-sedicion.html">van más allá</a> y mencionan la posibilidad de que los controladores estén cometiendo un <strong><a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t22.html#c1">delito de sedición</a></strong>, recogido en el artículo 544 y siguientes del Código Penal:</p>
<blockquote><p><em>Artículo 544.</em><br />
<em>Son <strong>reos de sedición</strong> los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, <strong>se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales</strong>.</em></p>
<p><em>Artículo 545.</em><br />
<em>1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.</em><br />
<em><br />
</em><em>2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de<strong> cuatro a ocho años de prisión</strong>, y la de <strong>inhabilitación</strong> especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.</em></p></blockquote>
<p><strong>¿Pueden entonces ir a la cárcel?</strong></p>
<p>No soy un penalista para atreverme a afirmarlo categóricamente, pero advierto a los controladores con enfermedades repentinas que <strong>la posibilidad está encima de la mesa</strong>.</p>
<p><strong>Pau A. Monserrat</strong> es autor del<strong> blog <a href="http://futurfinances.blogspot.com/" target="_blank">FuturFinances</a></strong></p>
<p><span style="color: #888888;"><strong><em>Información interés:</em></strong></span></p>
<p><a href="http://www.gurusblog.com/archives/telefonos-informacion-cierre-aeropuertos/04/12/2010/" target="_blank">Teléfonos de información y atención al cliente aeropuertos y compañías aéreas</a>.</p>
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		<title>¿Funciona la regla del 10% de gastos en la compra-venta de viviendas?</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/gastos-compra-venta-vivienda/15/11/2010/</link>
		<comments>http://www.gurusblog.com/archives/gastos-compra-venta-vivienda/15/11/2010/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 15 Nov 2010 15:00:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
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		<description><![CDATA[<p>Los gastos de comprar un piso representan un porcentaje muy significativo del total del precio de compra-venta. El famoso 10% de gastos esconde muchos detalles que vale la pena conocer. Ya os adelanto que muchas veces este porcentaje se acerca más al 12% . También analizaremos el impacto que tiene la nueva normativa del IVA, [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/buen_ano_comprar_vivienda_permiso_bancos.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-11776" style="margin: 6px;" title="buen_ano_comprar_vivienda_permiso_bancos" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/buen_ano_comprar_vivienda_permiso_bancos.jpg" alt="gastos compra venta vivienda" width="414" height="196" /></a><br />
</strong></p>
<p>Los <a href="http://www.bankimia.com/calculadora-hipotecaria-de-gastos-compra-vivienda">gastos de comprar un piso</a> representan un porcentaje muy significativo del total del precio de compra-venta. El famoso <a href="http://www.bankimia.com/calculadora-hipotecaria-de-gastos-compra-vivienda"><strong>10% de gastos</strong></a> esconde muchos detalles que vale la pena conocer. Ya os adelanto que muchas veces este porcentaje se acerca más al <strong>12%</strong><strong> </strong>.</p>
<p>También analizaremos el impacto que tiene la <strong>nueva normativa del IVA</strong>, que <strong>aumenta los costes fiscales de adquirir una vivienda de obra nueva</strong> en relación a la compra de una de segunda mano.</p>
<p><span id="more-11704"></span></p>
<h2>¿Qué gastos nos supone adquirir una vivienda?</h2>
<p>Lo primero que tiene que saber cualquier persona que se plantee adquirir un inmueble con financiación hipotecaria es que firmará ante notario <strong>dos escrituras</strong> diferentes:</p>
<ul>
<li><strong>Escritura de compra-venta</strong> de la vivienda.</li>
<li><strong>Escritura de préstamo hipotecario</strong>.</li>
</ul>
<p>Es importante tener claro que hay dos escrituras y cuando estén debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad, en un mes aproximadamente, hay que solicitar ambas a la gestoría del banco (normalmente la forma de saber que ya están listas, si no nos llaman, es ver en nuestra cuenta corriente la liquidación de la provisión de fondos).</p>
<p>Vamos a dividir los gastos en los que corresponden a la compra-venta y los que corresponden al préstamo hipotecario. El cliente normalmente ve en su cuenta un único cargo, una <strong>provisión por gastos</strong> de tramitación, que es una aproximación a todos los gastos de la operación.</p>
<p>Cuando la gestoría ha liquidado todos los impuestos y ha registrado las escrituras, normalmente veremos un <strong>abono</strong> de una pequeña cantidad en nuestra <strong>cuenta</strong> (lo que sobre de la provisión), aunque podría pasar que nos quitaran dinero (si en su momento se nos hizo una provisión insuficiente).</p>
<h2>Gastos de compra-venta</h2>
<p>Hay que tener en cuenta las siguientes partidas de gasto:</p>
<ul>
<li>Gastos de <strong>notaría</strong>.</li>
<li>Gastos de <strong>gestoría</strong>.</li>
<li>Inscripción en el <a href="http://www.registradores.org/principal/indexx.jsp">Registro de la Propiedad</a>.</li>
<li><a href="http://www.aeat.es/wps/portal/Informacion?channel=a78bd78d9d528010VgnVCM10000050f01e0a____&amp;ver=L&amp;site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&amp;idioma=es_ES&amp;menu=2&amp;img=7">IVA</a> en el caso de obra nueva e <strong>Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales</strong> en el caso de pisos de segunda mano.</li>
<li><strong>AJD</strong> o Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.</li>
</ul>
<p>Los <strong>honorarios de gestoría</strong>, al ser una empresa externa, varían en función de los acuerdos a que haya llegado con la entidad financiera que la contrata.</p>
<p>Mención aparte merece el IVA aplicable a la obra nueva; este impuesto <a href="http://www.actibva.com/magazine/fiscalidad/subida-del-iva-de-la-vivienda-los-precios-bajan-y-los-impuestos-suben">ha subido</a> del 7 al <strong>8%</strong> en vivienda libre y sigue en el <strong>4% en vivienda protegida</strong>.</p>
<p>En cambio en vivienda de segunda mano sigue el <strong>Impuesto de Transmisiones Onerosas</strong> en el <strong>7%</strong>, si bien algunas CC.AA. como Cantabria <a href="http://www.abc.es/20100315/economia-economia/subida-abre-veda-alzas-20100315.html">ya lo han subido</a> al <strong>8%</strong>.</p>
<p>En cuanto a <strong>Actos Jurídicos Documentados</strong>, se paga un <strong>1%</strong> sobre el valor de compra-venta en el caso de <strong>obra nueva</strong>. Para compra-venta de <strong>viviendas de segunda mano no se aplica</strong>, ya que es un impuesto incompatible con el ITP.</p>
<blockquote><p>Los <strong>gastos de la compra-venta de obra nueva</strong> siempre son un <strong>1% más</strong> que los de la compra de pisos de segunda mano (efecto AJD), y la diferencia es del 2% si la CC.AA. no ha incrementado el ITP.</p></blockquote>
<h2>Gastos de la hipoteca</h2>
<p>Supone los siguientes costes:</p>
<ul>
<li><strong>Tasación</strong>.</li>
<li>Honorarios de <strong>gestoría</strong>.</li>
<li>Aranceles de <strong>notaría</strong>.</li>
<li><strong>Registro de la Propiedad</strong>.</li>
<li><strong>AJD</strong>.</li>
<li><strong>Comisión de apertura</strong> bancaria.</li>
</ul>
<p>La <a href="http://www.bankimia.com/blog/cuanto-vale-el-inmueble-hipoteca-100-gastos/2010/10/22/"><strong>tasación</strong></a> es el primer gasto al que se enfrenta alguien cuando solicita una hipoteca al banco. varía de entre 200 y 400 euros según la cuantía de la tasación del inmueble. En teoría podríamos elegir nosotros la tasadora homologada deseada, pero en la realidad el banco <a href="http://abusosbancarios.blogspot.com/2010/10/abusos-en-las-tasaciones-inmobiliarias.html">nos impone</a> la sociedad de tasación que quiere. La <strong>vigencia</strong> de una <a href="http://www.bankimia.com/blog/letra-pequena-de-las-hipotecas-tasacion-compra/2010/10/29/">tasación</a> para poder utilizarla en otro banco es de <strong>6 meses</strong>.</p>
<p>Para los honorarios de <strong>gestoría, notaría y registro</strong> nos remitimos a lo escrito para la compra-venta.</p>
<p>El <strong>Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados</strong> (AJD) grava en un <strong>1% la responsabilidad hipotecaria</strong> (el resultado de sumarle al valor de la hipoteca una serie de partidas más por las que responde la vivienda si se tiene que subastar); en la provisión de fondos, por simplificar, toman el 1,5 o incluso el 2% del valor de la hipoteca.</p>
<p>La <strong>comisión de apertura</strong> depende de la entidad financiera; la <a href="http://www.bankimia.com/mejores-hipotecas">mejor oferta en hipotecas</a> sería del <strong>0%</strong> y la regular un <strong>1%</strong> sobre el total de la hipoteca.</p>
<p>Veamos en un <strong>ejemplo práctico</strong> los gastos de compra-venta de una vivienda nueva y una de segunda mano, en una CC.AA. que no haya subido el ITP y sin tener en cuenta las condiciones personales del solicitante (hay bonificaciones según edad, minusvalías, etc. según comunidades).</p>
<h2>Provisión de fondos de una vivienda de obra nueva</h2>
<p>Importe de la compra-venta: 200.000 euros.<br />
Hipoteca: 180.000 euros.<br />
Comisión de apertura del 0,5%</p>
<p>El caso que vamos a ver es cuando un particular compra un piso recién terminado a una promotora.</p>
<p style="text-align: center;"><strong><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/gastos-compra-1.jpg" target="_blank"><img class="aligncenter size-full wp-image-11774" style="margin: 6px;" title="gastos compra 1" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/gastos-compra-1.jpg" alt="" width="374" height="182" /></a><br />
</strong></p>
<h2>Provisión de fondos de un piso de segunda mano</h2>
<p>En este caso no se paga IVA ni AJD sobre el valor de la vivienda, sino ITP. Veremos que hay menos gastos.</p>
<p style="text-align: center;"><strong><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/gastos-compra-2.jpg" target="_blank"><img class="aligncenter size-full wp-image-11775" style="margin: 6px;" title="gastos compra 2" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/11/gastos-compra-2.jpg" alt="" width="377" height="184" /></a><br />
</strong></p>
<h2>La regla del 10% de gastos en la realidad</h2>
<p>¿<strong>Se cumple la regla del 10% de gastos</strong> comentada en el inicio?</p>
<p>Para una vivienda de 200.000 euros y una hipoteca de 180.000 euros, en obra nueva nos da un total de gastos de 24.415 euros. En el caso de segunda mano, éstos ascienden a 20.557 euros. Por tanto:</p>
<p><strong>Obra nueva</strong>: <strong>12,21 %</strong> de gastos.</p>
<p><strong>Segunda mano</strong>: <strong>10,27 %</strong> de gastos.</p>
<p>La regla  del 10% nos cuadra los gastos de compra-venta de un inmueble de segunda mano, pero se queda corta en los pisos de obra nueva.</p>
<p>Además vemos claramente que <strong>comprar una vivienda nueva</strong>, en la mayoría de CC.AA., <strong>sale un 2% más caro que comprarla usada</strong>.</p>
<p><strong>Pau A. Monserrat Valentí</strong><br />
Responsable de contenidos de<strong><a href="http://www.bankimia.com/hipotecas"> Bankimia</a></strong>, comparador de productos bancarios.</p>
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		<title>Errores en el análisis de riesgo de las hipotecas concedidas: Incentivos perversos y criterios mecanicistas</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/error-concesion-hipotecas-bancos-analisis-riesgo/21/03/2010/</link>
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		<pubDate>Sun, 21 Mar 2010 15:16:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><!-- 		@page { margin: 2cm } 		P { margin-bottom: 0.21cm } --><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/03/bola-cristal-riesgo-crédito-bancario1.jpg" target="_blank"><img class="aligncenter size-full wp-image-8044" style="border: 7px solid black; margin-top: 7px; margin-bottom: 7px;" title="bola cristal riesgo crédito bancario" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/03/bola-cristal-riesgo-crédito-bancario1.jpg" alt="bola cristal riesgo crédito bancario" width="365" height="242" /></a></p>
<p>La Banca tiene en sus balances un porcentaje elevado de préstamos hipotecarios <a href="http://www.expansion.com/2009/02/17/inversion/tudinero/1234861832.html">impagados</a> y lo utiliza como explicación de su política de préstamos caros y sus espartanos criterios de riesgo actuales.</p>
<p>Dejadme que os diga, como conocedor de este sector, que este discurso me suena a “<strong>excusas de mal pagador</strong>”. Ahora son muy estrictos en la concesión de hipotecas por qué sus clientes actuales no les pagan o les pagan mal. ¿Suena razonable, verdad? A mi no.<span id="more-7997"></span>Si sus clientes no son buenos pagaderos, alguna culpa tendrán ustedes en haberlos seleccionados como beneficiarios de sus créditos, no? Y su forma de reaccionar es estigmatizar a los potenciales clientes hipotecarios con requisitos desorbitados y precios altos. Mejor lo hubiesen pensado antes y no tendrían tantos problemas.</p>
<p>Esta crisis estaba más que anunciada, como mínimos en cuanto al estallido de la burbuja de precios inmobiliarios. En el 2004 heredé un terreno y ya se temía la caída de este tipo de activos (basta acudir a una hemeroteca y revisar la prensa especializada de la época).</p>
<p>La Banca decidió hacer caso omiso a estas predicciones y exponerse de forma excesiva al sector promotor, concediéndoles liquidez casi ilimitada para sus construcciones y financiando la adquisición de sus promociones a precios cada vez más altos. Y ahora nos piden que <a href="http://estosololoarreglamosentretodos.org/">lo arreglemos entre todos</a>. ¿Y qué parte tienen pensado hacer ellos para arreglarlo?</p>
<p>Me voy a centrar en las políticas de riesgo disparatadas, erradas o demasiado bienintencionadas que ha regido la concesión de préstamos hipotecarios <strong>a particulares</strong>. Imaginad como deben haber sido los análisis de riesgo a los promotores, si el de los particulares ha sido tan laxo.</p>
<p>Muchas entidades financieras que han descentralizado  las atribuciones para conceder hipotecas, y en muchos casos esto ha producido problemas.</p>
<p>No seré yo quién <a href="http://www.gurusblog.com/archives/errores-y-malos-usos-banca-director-oficina/25/01/2010/">critique a los directores</a> de banca actuales, una vez más, al menos. Cuando la aprobación de un crédito de estas magnitudes se deja en manos de empleados con un perfil comercial agresivo y con remuneración variable ligada al volumen y no a la calidad del clientes, pasa lo que ha pasado. No hay incentivos para filtrar los clientes solventes. El director de una sucursal es trasladado cada pocos años, con lo que la mora de sus clientes actuales, en el fondo, la va a sufrir otro compañero.</p>
<p>Aparte de los<strong> incentivos perversos</strong>, la experiencia del director también cuenta, y mucho. ¿De verdad se puede alguien creer que un jovenzuelo trajeado recién ascendido puede ser capaz de evaluar la solvencia futura de una persona? Un no rotundo, es lo que yo contestaría.</p>
<p>Para suplir la falta de aptitud evaluadora del riesgo en sucursal y estandarizar los análisis, se han creado <strong>software de análisis de riesgo</strong>. El director de banca introduce los datos del cliente, de su trabajo, de la vivienda que se quiere financiar y poco más y la pantalla dice: Aprobado, denegado, en estudio por un departamento superior o similar. Los que yo conozco son tan básicos que más valdría no confiar tanto en estos scorings.</p>
<p>Dependen de los datos que suministra el humano. Y ya tenemos el gran problema. Parezca o no cierto, hay muchos bancarios que no saben interpretar correctamente un IRPF o una nómina. Y ponen en el ordenador los ingresos que buenamente interpretan.</p>
<p>Ya no hablemos si se trata de una sociedad o autónomo y hay que plasmar adecuadamente los balances y demás.</p>
<p>La parte de ingresos fuera de nómina (los de difícil justificación, vaya) también suelen tener una casilla en el programa. ¿Usted gana 300 euros por horas extras fuera de nómina? Qué su jefe le haga un certificado y los ponemos. Cierto como la vida misma. Dependiendo de lo que decida el director que verdaderamente gana el solicitante, el scoring variará.</p>
<p>Dejaré para otra ocasión algunos casos prácticos de concesiones curiosas de hipotecas, pero ya puede intuir el lector que la mecanización del riesgo tiene sus fallos.</p>
<p><strong>El análisis de riesgo es un arte</strong>, basado más en la <a href="http://futurfinances.blogspot.com/2010/02/gran-curandero-cheriff-y-los-analistas.html">psicología y la práctica profesional</a> que en los papeles que el cliente entrega a la sucursal. Las entidades dirigidas por directores veteranos que saben seleccionar los “buenos pagadores” en cuanto entran por la puerta son las que mejor aguantan la crisis. Hay muchos trucos, la forma de vestir, de hablar, visitar su empresa, si sus padres están dispuestos a avalarlo o no, el tiempo que lleva de relación con su pareja, los estudios que tiene, los trabajos que ha tenido,etc. Incluso se puede conocer mucho de una persona simplemente viendo su tarjeta de visitas.  Un <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Mantra">mantra</a> bancario, por poner un ejemplo , reza que quién lleva una tarjeta de excelente diseño y material, de alguna forma nos va a engañar.</p>
<p>Además analizar la <strong>capacidad de reembolso futuro</strong> con datos del presente no tiene por que resultar muy certera. No entiendo como aparte de pedir las nóminas, contratos, IRPF y demás no se pide un curriculum completo y extenso del cliente. Como mucho se le solicita la vida laboral, pero sin la documentación que lo complementa no es suficiente. Para predecir la solvencia futura de una persona necesitamos saber qué formación y experiencia profesional tiene, no solo lo que gana hoy.</p>
<p>Podríamos seguir con la crítica, pero la dejaremos para una próxima entrada, que no deseamos cansar al visitante en demasía. Muchos profesionales amigos míos dicen que es muy fácil darle la culpa de todo al banco. Y es cierto, lo qué pasa es que, en ocasiones, la tiene.</p>
<p>Pau A. Monserrat, editor de <a href="http://futurfinances.blogspot.com">Futur Finances</a></p>
<p>Imagen vía <a href="http://www.flickr.com/photos/javierpais/4260850404/" target="_blank">Flickr</a></p>
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		<title>Errores y malos usos de la Banca (2): La selección del personal bancario</title>
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		<pubDate>Sun, 07 Feb 2010 22:30:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Finanzas Personales]]></category>
		<category><![CDATA[banca]]></category>
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		<category><![CDATA[política de riesgos]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>En la anterior entrada hablamos del papel del DTV como caza-recompensas comercial. Muchos de vosotros os animasteis a participar con vuestros comentarios, de los que destacaría el de un ex-director que no quiso aguantar la distorsión que su entidad hacía de su profesión. Los que no conocen de cerca el mundo bancario suelen tener tendencia [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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<p>En la anterior entrada hablamos del <a href="http://www.gurusblog.com/archives/errores-y-malos-usos-banca-director-oficina/25/01/2010/">papel del DTV</a> como caza-recompensas comercial. Muchos de vosotros os animasteis a participar con vuestros comentarios, de los que destacaría el de un ex-director que no quiso aguantar la distorsión que su entidad hacía de su profesión.</p>
<p style="text-align: justify;">Los que no conocen de cerca el mundo bancario suelen tener tendencia a pensar que los grandes gurus de la banca nunca se equivocan y si toman una decisión determinada por algo será. Yo opino de forma diferente; hay <strong>demasiado mediocre tomando decisiones</strong> importantes que afectan a su entidad y, muchas veces, al conjunto de la sociedad.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-6061"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Tal vez algunos no lo crean. ¿Si tienen a los profesionales mejor pagados del mundillo financiero, como puede ser que venga yo y diga que hay mucho mediocre metido a bancario?</p>
<p style="text-align: justify;">Por los resultados los conoceréis. Y no es que hayan sido, en general, muy buenos. A la que vienen mal dadas, todas sus carencias salen a la superficie.</p>
<p style="text-align: justify;">Al entrar en su día en el Banco Zaragozano (puedo mencionarlo por qué ya no existe como tal) y pasar el proceso de selección, el responsable de Recursos Humanos (que bonita palabra, que mal entendida por los que la representan) me dijo unas palabras que se me quedaron grabadas en fuego en mi mente:</p>
<p style="text-align: justify;">- Pau, no buscamos ni gente que destaque demasiado  ni demasiado poco.</p>
<p style="text-align: justify;">Me quedé alucinando en colores; este señor me estaba diciendo que yo no era ni muy listo ni muy tonto. Un mediocre, vamos. Y con el tiempo me he dado cuenta de que esto es lo que han buscado las entidades financieras para sus sucursales. <strong>Gente gris</strong>, ni demasiado ignorante para no saber lo que venden ni demasiado lista para cuestionarse la idoneidad de sus productos.</p>
<p style="text-align: justify;">Y las consecuencias a esta nefasta política de selección de personal la sufrimos todos al intentar que nos expliquen algún producto en la sucursal o que nos renueven nuestra póliza de descuento o nos concedan una hipoteca. Que muchos no saben razonar más haya de los folletos comerciales que les entregan para vender. Y parte de la responsabilidad de los efectos de la <strong>crisis financiera </strong>ha sido de los que tenían que analizar y seleccionar los productos vinculados a hipotecas subprime que los americanos tan bien han colocado a la banca de todo el mundo. Con este nombre tan bonito y viniendo del país de la libertad, como va a ser un mal producto, debían pensar.</p>
<p style="text-align: justify;">Si durante tantos años se han dedicado a<strong> reclutar profesionales que no se cuestionan las cosas</strong>, es natural que se hayan producido los errores garrafales que muchas entidades financieras han cometido y las está llevando a un estado de cuasi-insolvencia.</p>
<p style="text-align: justify;">Curioso es analizar los criterios utilizados en su<strong> política de riesgos</strong> para la concesión de hipotecas a particulares. Pero este tema lo veremos en una próxima entrada.</p>
<p style="text-align: justify;">Pau A. Monserrat, editor de <a href="http://futurfinances.blogspot.com">Futur Finances</a></p>
<p style="text-align: justify;">Imagen vía <a href="http://www.flickr.com/photos/brighton/2748403757/">Flickr</a></p>
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		<title>Errores y malos usos de la Banca (1): Caída en desgracia del Director de Toda la Vida</title>
		<link>http://www.gurusblog.com/archives/errores-y-malos-usos-banca-director-oficina/25/01/2010/</link>
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		<pubDate>Mon, 25 Jan 2010 19:00:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pau Monserrat</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ahorro]]></category>
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		<category><![CDATA[Finanzas Personales]]></category>
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		<category><![CDATA[segunda opinión]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Con este artículo damos la bienvenida a Pau Montserrat de Futur Finances como colaborador de GurusBlog en la que nos ayudará con sus análisis basados en su experiencia personal como empleado de banca en su día y asesor financiero independiente en la actualidad. Tal como explica Pau, en estos primeros posts tratará los fallos estratégicos y conductas tendenciosas [...]</p><p><p><strong>Síguenos en Directo en:</strong></p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/01/director-oficina-corbata.jpg" target="_blank"><img class="aligncenter size-medium wp-image-5401" style="margin: 4px;" title="director oficina corbata" src="http://www.gurusblog.com/jordi/wp/wp-content/uploads/2010/01/director-oficina-corbata-225x300.jpg" alt="director oficina corbata" width="146" height="194" /></a></p>
<p>Con este artículo damos la bienvenida a Pau Montserrat de <a title="Futur Finances" href="http://futurfinances.blogspot.com/" target="_blank">Futur Finances</a> como colaborador de GurusBlog en la que nos ayudará con sus análisis basados en su experiencia personal como empleado de banca en su día y asesor financiero independiente en la actualidad.</p>
<p>Tal como explica Pau, en estos primeros posts tratará los <strong>fallos estratégicos</strong> y <strong>conductas tendenciosas</strong> de las entidades financieras. Su visión, por tanto, es la de un <strong>Desperado Bancario Fuera de la ley</strong>; un quintacolumnista, si se prefiere. Ha estado en el túnel y como el mismo dice ha salido de él corriendo hacia la luz. Inicia su participación con un <strong>post sobre el Director de oficina de toda la vida</strong>.</p>
<p><span id="more-5030"></span>Con el <strong>Director de Toda la Vida </strong>(DTV para los amigos) pasa algo similar que con nuestro médico de cabecera. Que somos tan crédulos y confiados que hacemos a pies juntillas lo que tan amablemente nos sugieren. Pero esta crisis está cambiando esta forma de ver las cosas; la figura del DTV ha caído en desgracia por varias razones que pasaremos a analizar en esta entrada.</p>
<p>Yo he trabajado en urgencias médicas y en un banco y lo que ahora les voy a decir no es fruto de una imaginación calenturienta ni de ningún consejero interesado: Pidan siempre una <strong>segunda opinión</strong>.</p>
<p>Pidan a otro médico que les confirme el primer diagnóstico y soliciten a otro director o profesional independiente que le aconseje sobre el producto financiero que su DTV les ha recomendado. Como me dijo en su día un buen médico de la ambulancia: &#8220; No me fío de mis diagnósticos ni de los de mis colegas; no quiero imaginar a cuantos no hemos salvado por no acertar con la medicación&#8221;.</p>
<p>¿Hace falta que les diga las veces que su DTV se ha equivocado asesorando a sus clientes?</p>
<p>No se trata de demonizar a los empleados de sucursal ni a sus directores; puede parecerlo, pero no va de esto este post. Hay grandes profesionales en banca, muchos de los mejores trabajan en este sector. Me he permitido la figura del DTV en alusión a una forma errónea de entender la labor de las sucursales.</p>
<p>El DTV de antaño ha desaparecido o está en vías de extinción; ese profesional de toda la vida de nuestra sucursal de barrio que nos aconsejaba en base a nuestras necesidades, que sabía que si el consejo era equivocado volveríamos a verle y le diríamos de todo. No hablo de esos Buenos DTV, hablo de los nuevos. Esta criatura creada a conciencia por la cúpula directiva, un<strong> vendedor joven y agresivo </strong>que va de sucursal en sucursal y no sufre en persona las consecuencias de sus errores al aconsejar a sus clientes, al estar en una oficina  diferente cada año.</p>
<p>Se ha creado un DTV en cuyo perfil se<a href="http://blog.unience.com/el-asesoramiento-financiero-en-las-sucursales-a-debate/" target="_self"> prioriza vender a asesorar</a>, colocar productos según campaña a seleccionar el mejor según el perfil del cliente, cuya retribución variable se mide en rentabilidad de la oficina antes que en calidad de servicio, cuyo conocimiento de los productos que comercializa es cada vez menor al no tener ni tiempo ni incentivos para formarse ya que lo que se le exige es vender en cada momento lo que exigen los objetivos anuales o semestrales a cumplir.</p>
<p>La falta de especialización, de independencia, de perfil técnico y de tiempo para conocer a sus clientes hace que el DTV ya no sea un asesor adecuado; al menos, que no sea el único asesor al que acudir. Esta crisis económica nos ha traído algunas cosas buenas, entre las que destacaría la<strong> caída del mito</strong> del DTV. ¿ A quién no le han vendido unas acciones de un supuesto holding empresarial que no paran de caer de precio, una hipoteca que no baja por culpa de una maldita y escondida cláusula de suelo, un supuesto seguro de tipos de interés que no es otra cosa que un derivado o swap, un fondo de inversión explicado como si fuera un plazo fijo o un bono estructurado &#8220;seguro&#8221; de Lehman&#8217;s Brother?</p>
<p>Su DTV no es su amigo ni  tiene por que ser la persona que más sabe de finanzas; es un empleado bancario acosado por una estrategia comercial en sucursales que en nada beneficia a los usuarios.</p>
<p>Pau A. Monserrat, editor de <a href="http://futurfinances.blogspot.com"><strong>Futur Finances</strong></a></p>
<p>Imagen Vía <a href="http://www.flickr.com/photos/62518311@N00/1460061876">Flickr</a></p>
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