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Antiguo 22-ene-2010, 03:46
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Predeterminado Cuál es la fiscalidad en indemnización por despido en ERE

Los despedidos en un Expediente de Regulación de Empresa (ERE) tienen libres de impuestos, 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.

Las cantidades recibidas que superen estas cifras deberán tributar como rendimiento del trabajo en el IRPF

Las indemnizaciones que se cobran en varios plazos directamente de la empresa están libres del IRPF hasta el límite exento. El exceso tributa como renta del trabajo, según cual sea el plazo pactado: si se ha fraccionado el pago como máximo en la mitad de años de trabajo, tiene una reducción del 40%; si se ha fraccionado en más años, entonces no tiene reducción.

Para el cálculo de la indemnización deberá tomarse como referencia el salario bruto diario del trabajador, con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Esta indemnización mínima podrá ser mejorada por acuerdo entre las partes durante el periodo de consultas del ERE.

Última edición por Economic; 22-ene-2010 a las 03:50
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Etiquetas
despido, ere, expediente regulación empleo, hacienda, impuestos

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